Alta de autónomos
Modelo 036/037 en Hacienda y alta en RETA, gestionados por nosotros de principio a fin.
Qué es
Darte de alta como trabajador por cuenta propia implica dos trámites en paralelo: el censo de actividad ante Hacienda (Modelo 036 o 037, donde declaras tu epígrafe de IAE y el régimen de IVA e IRPF que te corresponde) y el alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
Plazos
El alta en Hacienda se presenta antes de empezar la actividad. El alta en la Seguridad Social se puede solicitar hasta 60 días antes del inicio y, como muy tarde, el mismo día en que empiezas a facturar.
Tarifa plana
La mayoría de altas nuevas tienen derecho a una cuota reducida durante los primeros meses de actividad (ampliable en algunos casos). Te decimos qué cuota te corresponde antes de darte de alta, no después.
Cómo te ayudamos
Tramitamos tu alta sin coste si te vienes a nuestra gestoría: elegimos contigo el epígrafe correcto, la base de cotización que más te conviene y presentamos ambos trámites sin que tengas que pisar la Seguridad Social.
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